Un nuevo cuestionamiento se cierne sobre el director regional de Transportes de Junín, Elvin Danilo Carhuaz Loyola. Infoandes.pe accedió al dosaje etílico practicado al funcionario regional luego del accidente que protagonizó el 10 de abril último y confirmó que fue realizado 5 horas después del incidente vehicular, lo que vulneraría los procedimientos establecidos para este examen que precisa que debe realizarse antes de las 4 horas.

Recordemos que Danilo Carhuaz se vio envuelto en el accidente cuando conducía su auto Kia negro de placa W4R-450 por la Carretera Central, a la altura del centro poblado de San Luis de Yaico, en Mito, cuando -según la policía- provocó una colisión múltiple que dejó 3 fallecidos. El funcionario es investigado por este hecho y tenía una papeleta de infracción por adelantar de forma peligrosa otro vehículo.

DOSAJE EN CUESTIÓN
Según el certificado de dosaje etílico N° 028-2806 (registro N° C-1855) de la Unidad de Dosaje Etílico de la Sanidad Policial de la PNP, Carhuaz Loyola, de 32 años, tenía 0.0 gramos centígrados de alcohol en su sangre. El documento está firmado por el capitán químico farmacéutico PNP Wilderson Max García Arancibia y la capitán perito químico farmacéutico PNP Analí Anyela Palacios Lozano.
Lo extraño del dosaje etílico es que el accidente ocurrió el 10 de abril a las 07:30 horas de la mañana, pero la extracción de sangre en el área de Emergencia del Hospital Domingo Olavegoya de Jauja recién se realizó a las 13:08 horas, es decir, 5 horas 38 minutos después de los hechos, en evidente vulneración del procedimiento regular en estos casos. Aquí tendría responsabilidad el personal policial de la Comisaría de Sincos, específicamente el ST1 Córdova Torres J. (solicitante) y el S3 PNP Ronald Vivanco Wong (extractor de la muestra).

Como se sabe, en el delito de conducción en estado de ebriedad es necesario obtener el resultado del dosaje etílico cuantitativo para que se configure la flagrancia delictiva. Tal como lo ha desarrollado el Tribunal Constitucional en reiteradas jurisprudencias, el personal policial podría retener al conductor por cuatro horas para practicar este examen, pues es el tiempo máximo que permitiría el recojo de la prueba para efectos legales.
La demora en el recojo de las pruebas también vulnera la Directiva N° 18-09-2011-DIRGEN-EMG-PNP-DIRSAL-B., que dicta normas y procedimientos para la atención de exámenes de dosaje etílico a personas involucradas en la participación de accidentes de tránsito a nivel nacional. Esta irregularidad afectaría la determinación de la responsabilidad del funcionario en el accidente de tránsito.

Por el momento, los deudos de los fallecidos y heridos exigen justicia tras accidente de tránsito que involucra a director de Transportes. Por ejemplo, los familiares de la fallecida docente Geraldine Arenales Acosta, llegaron hasta la sesión de Consejo Regional para exigir justicia por sus seres queridos y pidieron a las autoridades investigar las irregularidades del caso.