El Jurado Electoral Especial (JEE) de Huancavelica excluyó al candidato al Senado del partido Renovación Popular Miguel Soto Meneses por omitir tres sentencias firmes por delitos dolosos en su hoja de vida, de cara a las Elecciones Generales del próximo 12 de abril.
En el rubro Relación de Sentencias, Soto Meneses, señaló que no tenía información que declarar. Sin embargo, en el informe de fiscalización, la Corte Superior de Justicia de Huancavelica reportó tres sentencias condenatorias, según señala la Resolución N° 00616-2026-JEE-HVCA/JNE, del 20 de febrero.
En una primera sentencia, el postulante fue condenado por el delito de peculado y malversación de fondos en agravio de la Municipalidad Distrital de Yauli, el 14 de enero del 2002. En junio de ese mismo año, también fue sentenciado por el delito de apropiación ilícita en agravio del Estado.
Miguel Soto registra una tercera sentencia por el delito contra el honor en la modalidad de injuria y difamación, del 12 de julio del 2005. En los tres casos registra rehabilitación judicial.
Pese a que en su descargo, el personero legal de la agrupación política de Rafael López Aliaga, señala que la omisión de las sentencias se debe a un error material involuntario por tratarse de una condena antigua, suspendida y cumplida. El JEE señala que aun así la obligación de declarar en su hoja de vida recae de manera exclusiva y personal en el candidato.
“Según el numeral 5 del párrafo 23.3 de la Ley de Organizaciones Políticas sin un candidato cuenta con sentencias firmes por delitos dolosos, con reserva de fallo, penas cumplidas y se encuentra rehabilitado, debe consignarse en la Declaración Jurada de Hoja de Vida, caso contrario será excluido”, se lee en la resolución.
La resolución que excluye al candidato número 1 al Senado por Huancavelica fue remitido al pleno del Jurado Nacional de Elecciones para su evaluación y quienes emitirán una resolución definitiva.
Aquí la resolución completa:Resolución de exclusión del candidato Miguel Soto Meneses


