La Municipalidad Provincial de Huancayo evalúa un proyecto de ordenanza para recortar los horarios comerciales de giros especiales, la iniciativa pretende limitar la atención de discotecas, peñas, karaokes y recreos turísticos, sin embargo, un análisis técnico de la propuesta advierte la falta de sustento de la medida.
El examen del proyecto detalló graves omisiones documentales, según se señala, los informes ediles que justifican la urgencia del recorte carecen de número y fecha de emisión, esto impide verificar las estadísticas o justificaciones técnicas en materia de seguridad ciudadana y servicios públicos.
El proyecto edil busca imponer un cese de actividades a las 23:30 horas en los recreos turísticos, durante los fines de semana, este horario comercial se ampliaría únicamente hasta la medianoche, asimismo, plantea suspender la entrega de nuevas licencias de funcionamiento por un periodo de seis meses.
Para discotecas y peñas en zonas residenciales, el cierre sería a las 02:00 horas en días particulares, en fines de semana y vísperas de feriados, el límite se extendería hasta las 03:00 horas, finalmente en zonas céntricas comerciales, el horario máximo unificado propuesto es hasta las 03:00 horas.
El informe jurídico señala que la propuesta omite definir y delimitar cartográficamente las zonas urbanas, el proyecto no incluye planos de zonificación que precisen las áreas comerciales o residenciales.
La comuna también propone aplicar una clausura temporal inmediata de hasta 30 días desde la primera detección del exceso horario, ante casos de reincidencia, la municipalidad ejecutaría la clausura definitiva del establecimiento, sin embargo, esta sanción de cierre directo contradice la normativa nacional.
La legislación nacional vigente establece que las clausuras solo proceden ante un peligro inminente para la vida o la salud, además el exceso de horario constituye una falta formal administrativa, no un riesgo inminente, en ese sentido, aplicar cierres bajo este criterio configuraría una barrera burocrática ilegal.
El análisis recuerda resoluciones previas del INDECOPI emitidas ante casos similares en otras provincias, estos fallos vinculantes declaran ilegales las restricciones horarias dictadas sin estudios económicos o planes de desarrollo urbano actualizados, los funcionarios que aprueben normas de este tipo se exponen a multas de hasta 20 UIT.
Finalmente, se ha recomendado solicitar la suspensión del debate y el archivo de la propuesta en el Concejo Municipal, como alternativa, se plantea crear una Mesa Técnica Concertada de Trabajo con la participación de las autoridades competentes.

