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JEE desestima tachas contra movimiento político de Zósimo Cárdenas

JEE desestima tachas contra movimiento político de Zósimo Cárdenas

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Dos tachas presentadas el 9 de julio último contra la lista y fórmula de candidatos para el Gobierno Regional de Junín del movimiento regional Sierra y Selva Contigo Junín (SSCJ) fueron desestimadas dos días después por el Jurado Electoral Especial de Huancayo (JEE-H).

La primera tacha fue presentada Ivonne Antoneth Sulca Jaime, solicitando la improcedencia de la fórmula del gobernador y vicegobernador de SSCJ, señalando que tras la salida del candidato a consejero titular, Valentín Ccasani Llance, el movimiento no cumplió con la cuota de jóvenes que establece el artículo 17 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales 2022.

Sulca también argumentó que la inscripción vulneró el numeral 27.1 del artículo N° 27 del reglamento, que señala que “ningún ciudadano, sin su consentimiento, puede ser incluido en una fórmula o lista de candidatos”, dado que ella denunció ante el JEE que fue inscrita como candidata a la consejería accesitaria por Huancayo sin su autorización.

Ivonne Antoneth Sulca Jaime, psicóloga y exmilitante de SSCJ.

La tacha interpuesta por la exmilitante de SSCJ, fue declarada improcedente el 11 de julio señalando que fue presentada fuera del plazo de ley, pues no se hizo dentro de los 3 días siguientes a la publicación de la admisión. La lista fue admitida y publicada el 6 de julio y la tacha fue presentada el 9 a las 8:42 p.m., excediendo el tiempo de Mesa de Partes del SIJE por 42 minutos, por lo cual su recurso fue recibido con fecha 10 de julio, incumpliendo el reglamento.

SEGUNDA TACHA INADMISIBLE

La segunda tacha fue presentada por Jesús Guidmir Gómez Solís, quien interpuso el recurso “contra toda la fórmula y lista de candidatos para el Gobierno Regional” de SSCJ, bajo el mismo argumento de la primera tacha, es decir, la presentación de una lista incompleta dado que Antoneth Sulca denunció una presunta inscripción fraudulenta.

Tacha interpuesta por Jesús Guidmir Gómez Solís

La tacha fue declarada inadmisible porque, de acuerdo a la Resolución N.° 0106-2022-JNE que aprueba la tabla de tasas en materia electoral, se debe abonar 1 UIT (S/ 4.600) por cada candidato a gobernador, vicegobernador o consejero regional contra quien se desee aplicar el recurso, y que Jesús Guidmir Gómez, solo pagó por uno, debiendo pagar por todos los integrantes de la lista y fórmula (28), para que sea revisada su solicitud.

El JEE otorgó a Guidmir Gómez un día para subsanar las observaciones de su solicitud, bajo la advertencia de que podía ser declarada improcedente como la primera tacha presentada.

Ayer, 12 de julio, Jesús Guidmir Gómez subsanó su solicitud argumentando que el monto que se requería para proceder (128 mil 800 soles) era “exorbitante” y que se encontraba “fuera del contexto legal”, ya que su petitorio se presentó contra todos los integrantes de la lista y fórmula por haber sido inscritos de manera incompleta, y que la tabla de tasas no señalaba un monto específico por este concepto, constituyendo un vacío legal.

Al momento se espera la decisión del JEE.

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