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Ángel Unchupaico al borde de la exclusión por mentir en su hoja de vida

Ángel Unchupaico al borde de la exclusión por mentir en su hoja de vida

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El exgobernador regional, Ángel Unchupaico Canchumani, está cerca de ser retirado como candidato al Gobierno Regional de Junín de las Elecciones Regionales y Municipales, por no considerar en su declaración jurada una sentencia por difamación que sí consignó en su hoja de vida del proceso electoral regional del 2014.

El JEE-H tendría que sacar de carrera electoral al candidato de Junín Sostenible.

Unchupaico Canchumani, que postula por el movimiento regional Junín Sostenible con su Gente, busca ocupar nuevamente el cargo de Gobernador Regional, pero de acuerdo al informe N°085-2022 del Jurado Electoral Especial de Huancayo (JEE-H) del último 12 de agosto, la fiscalizadora de hoja de vida Geovana Salazar Rivera, detectó que el candidato no consignó en su declaración jurada ninguna sentencia judicial.

En su hoja de vida del 2014, Unchupaico sí consideró sentencia por difamación.

Cuando esta información fue corroborada con la base de datos de la Corte Superior de Justicia de Junín, se advirtió que el candidato regional tiene una sentencia (Expediente Nº 289704) por delito de Difamación, el cual fue consentido en el Juzgado Penal de Huancayo el 15 de noviembre de 2004, con una pena privativa de la libertad suspendida y una reparación civil de 10 mil soles a favor del agraviado, el entonces jefe de la Región Policial Junín, General PNP Adolfo Alfaro Zúñiga.

General Adolfo Alfaro Zúñiga ganó proceso judicial a Unchupaico.

En su descargo ante el JEE-H, Luis Mendoza Yachi, personero legal de Junín Sostenible, argumentó que la sentencia de Unchupaico es un proceso de acción privada y como tal no tiene interés público, y que en la actualidad el candidato ya fue rehabilitado, es por ello que no se registra como antecedente dicha resolución judicial.

No obstante, según el JEE-H, esto configura una omisión de información prevista en el inciso 5, del numeral 23.3 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas, o la incorporación de información falsa en la DJHV, de acuerdo al reglamento de inscripción de listas de candidatos para las Elecciones Municipales 2022, aprobado mediante resolución N° 0943-2021-JNE.

Unchupaico alega que su proceso no es de interés público. No es cierto.

Además, el artículo N° 23 de la Ley de Organizaciones Políticas, en su párrafo 5, indica que la DJHV debe contener “la relación de sentencias condenatorias firmes impuestas al candidato por delitos dolosos, la que incluye las sentencias con reserva de fallo condenatorio”. Esta omisión de la información dan lugar al retiro de dicho candidato por el Jurado Nacional de Elecciones, hasta 30 días calendario antes del día de la elección.

Estas omisiones que vulneran las leyes electorales vigentes, deberán ser resueltas por el JEE-H hasta hoy jueves 18 de agosto, fecha límite para que los estos organismos puedan excluir, en primera instancia, a candidatos por omisión o falsedad en las DJHV. El Jurado Nacional de Elecciones, en segunda instancia, define la situación final del candidato.

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