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Investigan a funcionario del alcalde de Chanchamayo por usurpación, tras demoler la vivienda de un poblador

Investigan a funcionario del alcalde de Chanchamayo por usurpación, tras demoler la vivienda de un poblador

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La Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chanchamayo inició una investigación preliminar al gerente de Asesoría Legal de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, Saúl Fernández Padilla, por el presunto delito de usurpación agravada, tras ser denunciado por la demolición de una vivienda.

Saúl Fernández, Gerente de Asesoría Legal de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo.

Según la denuncia del pasado 17 de mayo, un grupo de 35 personas con maquinaria pesada de la municipalidad de Chanchamayo llegó al sector denominado Islas Las Turunas con la papeleta de infracción administrativa Nº 474 que demandaba la demolición y retiro del poblador Seperiano Aliaga Villaverde, quien solicitó al asesor Saúl Fernández detener la notificación, mientras buscaba una constatación policial.

Alcalde de la MPCH, Hermenegildo Navarro investigado por el Ministerio Público por presunta violación a su secretaria cuando era alcalde de Perené.

El documento, también señala que hicieron caso omiso al pedido, puesto que cuando Seperiano llegó con la policía, la Municipalidad de Chanchamayo había iniciado con la demolición de su predio donde vivía desde 1978. “Me desalojaron del lugar, destruyendo mi choza, mi cocina y la jaula de mis gallinas” se lee en la denuncia.

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Asimismo, el denunciante aseguró que cuenta con todos los documentos que acreditan la posesión del predio y que no tiene ningún proceso con la mencionada municipalidad. Además que durante la demolición de la vivienda no se contó con la presencia del procurador municipal.

En ese contexto, el fiscal Henrry Coronado Salazar inició con una investigación preliminar contra Saúl Fernández Padilla, hombre de confianza del alcalde de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, Hermenegildo Navarro Castro, por el presunto delito contra el patrimonio en la modalidad de usurpación.

Cabe mencionar, que el delito de usurpación se encuentra penado en el artículo 202 del Código Penal, que indica que la persona que incurra en el mencionado delito será reprimida con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años, y él que pretenda apropiarse de todo o en parte de un inmueble, destruye o altera los linderos del mismo.

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