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Matrícula 2024: Nuevo instructivo precisa disposiciones específicas de cumplimiento obligatorio

Matrícula 2024: Nuevo instructivo precisa disposiciones específicas de cumplimiento obligatorio

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No más atentados contra la educación pública y privada. Infoandes.pe tuvo acceso al Instructivo con Disposiciones Específicas para cada tipo de proceso de matrícula para el Año Escolar 2024, remitido a los gerentes y directores generales regionales de Educación, para su cumplimiento obligatorio por las instancias de gestión educativa descentralizada y las comunidades educativas públicas y privadas. El documento fue aprobado por el director general (e) de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar del Ministerio de Educación, Carlos Alberto Herrera Cáceres.

El objetivo del instructivo es precisar las disposiciones específicas para la matrícula regular o excepcional en la etapa de la Educación Básica para el Año Escolar 2024; su finalidad es lograr que todos los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos puedan ingresar al Sistema Educativo Peruano o, en caso de que ya hayan ingresado, que continúen o se reincorporen al mismo.

Entre las condiciones que resaltan se precisa las siguientes:

  • El proceso de matrícula debe estar disponible en las instituciones educativas o los programas educativos para todos los niños, adolescentes, jóvenes y adultos, especialmente para los que se encuentren en situación de vulnerabilidad.

INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS

  • En las instituciones educativas o los programas educativos públicos, la matrícula no puede estar condicionada a la rendición de un examen de ingreso, admisión u otro tipo de evaluación directa, a entrevistas a su representante legal u otros procesos similares, ni a la presentación de documentos adicionales distintos a los establecidos.
  • Tampoco se puede exigir la adquisición de uniformes o materiales como textos escolares, material didáctico, útiles escolares o de aseo personal: tampoco se puede condicionar el acceso al servicio educativo al pago de donaciones, aportes y pagos de APAFA , o la contratación de profesionales externos que asistan la asistencia en el aula u otros.

INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS

  • Las instituciones educativas o los programas educativos privados, en un plazo no menor a treinta (30) días calendario previos al inicio de la presentación de solicitudes, el representante legal del estudiante mayor de dieciocho (18) años deben ser informados sobre el monto la oportunidad de pago de lo siguiente:

– La cuota de matrícula (no puede superar el monto de la enseñanza).

– Las pensiones y posibles aumentos.

– La cuota de ingreso, de ser necesario.

PROHIBICIONES

  • No se puede exigir la compra de uniformes, materiales y/o útiles educativos en establecimientos señalados con, exclusividad por parte de la institución educativa. Si su reglamento interno lo indica, es posible exigir que los estudiantes se presenten uniformados a clases.
  • Tampoco se puede exigir el íntegro de los materiales y/o útiles educativos el primer día de clases, la entrega de estos debe ser en forma progresiva y en función al plazo que establezca en su reglamento interno.
  • Asimismo, está prohibido condicionar la matrícula al pago de contribuciones denominadas voluntarias o al pago por concepto de adaptabilidad, accesibilidad y/o adecuación para personas con discapacidad.
  • Sólo si su reglamento interno lo establece y previa información es posible realizar evaluaciones específicas a estudiantes mayores de siete (años) como parte del proceso de admisión; también es posible realizar evaluaciones para corroborar la capacidad de pago del representante legal del estudiante o, en caso de ser mayor de edad, del estudiante, siempre y cuando no constituya un acto discriminatorio.

INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS Y PRIVADAS

  • Los directores de Instituciones Educativas Públicas y Privadas, y los responsables de los Programas Educativos deben garantizar que el proceso de matrícula se realice con enfoque inclusivo e intercultural.
  • Está prohibido todo acto de discriminación o trato diferenciado injustificado contra un estudiante o representante legal que impida realizar el proceso de matrícula.
  • Se considera discriminatorio impedir la realización del proceso de la matrícula por cuestiones como color de la piel, origen, nacionalidad, condición migratoria, etnia, sexo, idioma, religión, opinión, filiación política, discapacidad, enfermedad,, orientación sexual, identidad de género, condición social, extraedad, o condición de paternidad o maternidad.

DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN

  • Los directores de las instituciones educativas, a través de los medios con los que cuente, debe publicar información sobre el proceso de matrícula para conocimiento de las familias. La publicación debe incluir: Información sobre cantidad de vacantes, medios y/o canales de atención disponibles, y fechas y plazos para el proceso.
  • La información sobre la cantidad de vacantes debe actualizarse y difundirse de manera periódica para que las familias puedan saber si la institución educativa o el programa educativo cuenta o no con vacantes a la fecha de consulta. Las instituciones educativas que hayan cumplido con el registro de metas contaran con información actualizada.

CRONOGRAMA DE MATRÍCULA

  • La difusión de información es en el plazo del 15 de noviembre al 29 de diciembre del 2023.
  • Presentación de Solicitudes del 18 de diciembre al 29 de diciembre del 2023.
  • Revisión de solicitudes del 03 al 08 de enero del 2024.
  • Asignación de vacantes del 08 al 12 de enero del 2024.
  • Registro en el SIAGIE del 15 al 26 de enero de 2024.
  • Entrega de documentos del 15 de enero al 02 de febrero del 2024.
PRECISIONES PARA MATRICULA 2024
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