viernes 20 de marzo del 2026
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Excluidos: Son 14 candidatos a diputados y senadores retirados de las elecciones por omitir sentencias judiciales

De la revisión de las resoluciones del JEE Huancavelica mayoría de postulantes omitió declarar sentencias relacionados por delitos corrupción, pensión de alimentos y conducción en estado de ebriedad.

Excluidos: Son 14 candidatos a diputados y senadores retirados de las elecciones por omitir sentencias judiciales

De la revisión de las resoluciones del JEE Huancavelica mayoría de postulantes omitió declarar sentencias relacionados por delitos corrupción, pensión de alimentos y conducción en estado de ebriedad.

Un total de 14 candidatos a la Cámara de Diputados y Senadores fueron excluidos por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Huancavelica de las elecciones generales 2026 por no declarar sentencias en las hojas de vida al momento de su inscripción, la mayoría por corrupción, pensión de alimentos y conducción en estado de ebriedad.

CANDIDATOS A SENADO

Miguel Soto Meneses, el candidato número 1 de Rafael López Aliaga queda fuera de la contienda electoral 2026, luego de que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por la exclusión de su candidatura al no registrar tres sentencias por delitos dolosos en la declaración jurada de su hoja de vida.

Resoluciones de la entidad electoral que confirman exclusión del candidato al Senado con el 1 por Renovación Popular.

Soto Meneses fue condenado por el delito de peculado y malversación de fondos en agravio de la Municipalidad Distrital de Yauli (2002). Ese mismo año, también fue sentenciado por el delito de apropiación ilícita en agravio del Estado. Y una tercera sentencia por el delito contra el honor en la modalidad de injuria y difamación (2005).

Otro candidato excluido de las elecciones generales 2026 es Edgar Gómez de la Cruz del partido Cooperación Popular por omitir una sentencia por el delito de falsificación de documentos (2006) en su hoja de vida. La resolución de su exclusión fue confirmada por el JNE.

Resoluciones que confirman exclusión de Edgar Gómez de la carrera electoral.

Orlando Román Ygnacio Quispe, candidato al senado por el partido Demócrata Unido Perú, también fue excluido por no declarar dos sentencias: uno por el delito de falsa declaración en proceso administrativo en la Oficina Registral de Lima y Callao (2006). Y otra por el delito de falsificación de documento público y uso de documento público falso en contra de la Sunarp (2019).

Igual situación registra el candidato al Senado con el número 2 por Podemos, William Paco Soto, rechazado por omitir en su hoja de vida una sentencia por el delito de omisión de asistencia familiar contra su menor hijo, registrado en la Corte Superior de Justicia de Huancavelica (2012).

Otro candidato excluido que no ha reportado su sentencia por el delito de peculado doloso por apropiación en la Universidad Nacional de Huancavelica (2015) es Alejandro Zúñiga Condori del partido Somos Perú.

Juan Oscar Ccora Rivera, también fue rechazado por no consignar en su hoja de vida la sentencia por el delito de estafa y apropiación ilícita (2003). El único candidato del partido del Buen Gobierno por el senado regional, además registra un proceso por violencia familiar, que fue declarado en el apartado de información adicional de su hoja de vida.

El candidato número 1 por el partido Perú Acción, Onorato Juan Acero Delgadillo, tampoco declaró una sentencia por el delito de falsificación de documentos (2020), por lo que fue excluido por el ente electoral.

Tabla: Infoandes / Fuente: Jurado Nacional de Elecciones.

CANDIDATOS A DIPUTADOS:

Teófilo Yonel Rodríguez Sánchez por el partido Progresemos fue rechazado de su candidatura por no declarar en su hoja de vida cinco sentencias penales, entre los que registra por el delito de conducción en estado de ebriedad (2022) y por falsificación de documentos y banda criminal (2025).

Resolución del candidato de Progresemos, Teofilo Yonel Rodríguez, por no declarar 5 sentencias judiciales.

El candidato con el número 2, también tiene tres sentencias por los delitos de violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones (2016), por el delito de agresiones contra las mujeres por lesiones físicas (2021) y agresiones psicológicas (2022).

Diosdado Unocc Arana, candidato por el partido Perú Primero, fue excluido de su candidatura a la Cámara de Diputados con el número 4 por contar con una sentencia firme como autor por corrupción, pese a que cumplió su pena. En su hoja de vida registró su condena por peculado a 4 años de prisión suspendida, pena que quedó firme en setiembre del 2016, además de consignar su condición de rehabilitado.

Sin embargo, el JEE Huancavelica recordó que los artículos 107 y 113 de la Ley Orgánica de Elecciones señalan que: “los impedimentos para postular no se extinguen automáticamente con la rehabilitación penal, sino que se mantienen vigentes por un plazo de 10 años que debe ser computado desde la fecha de cumplimiento de la pena y no de la fecha de auto rehabilitación”, plazo que para Unocc Arana no se encuentra cumplido.

Otro candidato excluido por omisión de información es Peter Rudy Cahuana Serrano que postula por el partido Perú Acción con el número 2. Tiene una sentencia como autor por el delito de falsificación documentos en el Gobierno Regional de Huancavelica y la Central de Productores Abanquinos, en el 2021.

Resoluciones de exclusión del candidato a diputado, Peter Cahuana, de las elecciones 2026.

Peter Cahuana que postula por segunda vez al Congreso, también registra otra sentencia por el delito de conducción en estado de ebriedad, en el 2014. El partido no ha presentado un recurso impugnatorio por lo que el Jurado Electoral Especial ha declarado consentida.

Pero no serían las únicas sentencias de Cahuana, registra otra por incumplir con el pago de pensión de alimentos (no se precisa si la sentencia es de primera instancia o tiene la condición de firme), según señala la resolución del JEE.

El candidato Anel Ali Laurente Escurra con el número 1 por el partido Demócrata Unido Perú fue excluido por no consignar en su hoja de vida una sentencia por el delito de falsedad genérica en agravio del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (2014), según reporta la Corte Superior de Justicia de Junín.

Gregorio Torres Cayetano, candidato con el 1 para la Cámara de Diputados, por el partido Avanza País, también fue excluido por contar con una deuda de S/1 mil con la Municipalidad Distrital de Acoria por el delito de omisión de actos funcionales, según el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (Redereci) de agosto del 2023.

Es preciso mencionar, que el artículo 113 de la Ley Orgánica de Elecciones establece que “tampoco pueden ser elegidos congresistas los deudores de Redereci”, por lo que Torres Cayetano fue retirado de las elecciones generales 2026, quien ya había postulado al Congreso en las elecciones extraordinarias del 2020.

En tanto, el candidato de Integridad Democrática, Angel Irineo Dueñas Curo, fue retirado por omitir en su declaración jurada de su hoja de vida una sentencia por el delito de nombramiento ilegal del cargo público (2004).

Y la candidatura de Doris Rojas Puentes, del partido Perú Moderno, también fue excluida por no registrar una sentencia por el delito de falsedad ideológica en su hoja de vida.

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