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Declaran improcedente la candidatura de Orihuela y de toda su lista de consejeros regionales

Declaran improcedente la candidatura de Orihuela y de toda su lista de consejeros regionales

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El Jurado Electoral Especial de Huancayo (JEE-H) declaró improcedente la fórmula y la lista de candidatos a consejeros regionales del partido Perú Libre, por el incumplimiento de la Ley de Paridad Horizontal y la cuota joven, respectivamente, ambos requisitos de carácter insubsanable.

Candidaturas regionales improcedentes.

Con resolución, el JEE-H declaró improcedente la inscripción de la candidatura como gobernador regional de Junín de Fernando Orihuela Rojas y de la vicegobernadora, Urpi Graciela Alzamora Torres, por el partido Perú Libre (PL) en estas Elecciones Municipales y Regionales por no cumplir a nivel nacional la Ley de Paridad Horizontal.

Fórmula y lista regional de Perú Libre no participaría en elecciones regionales de octubre.

En la misma resolución, el JEE declaró improcedente las 13 candidaturas regionales de PL y sus accesitarios, debido a que no cumple con el requisito de la cuota joven obligatoria en las listas de candidatos regionales para ser inscritos, lo que deja al “lápiz” sin candidatos para el Gobierno Regional de Junín.

QUÉ DICE LA NORMA ELECTORAL

Según el artículo 10 sobre la Paridad Horizontal del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para Elecciones Regionales 2022, del total de circunscripciones en las que las organizaciones políticas presenten fórmulas, la mitad debe estar encabezada por una mujer y otra mitad por un hombre.

Orihuela había emprendido una agresiva campaña política en Selva Central.

En caso que resultara aritméticamente imposible aplicar la paridad horizontal, debido a que el partido político presenta candidaturas en un número impar de circunscripciones regionales, se deberán presentar fórmulas encabezadas por mujeres y por hombres en cantidades tales que se diferencien por una circunscripción.

Ley de Paridad Horizontal es de obligatorio cumplimiento.

Finalmente señala que el incumplimiento de este requisito acarrea la improcedencia de todas las fórmulas presentadas por la organización política a nivel nacional.

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