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¿Peculado de uso?: Vehículo del gerente general del GRJ lleva mercadería a la tienda de su mamá [VÍDEO]

¿Peculado de uso?: Vehículo del gerente general del GRJ lleva mercadería a la tienda de su mamá [VÍDEO]

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Un vídeo obtenido por Infoandes.pe revela el presunto uso indebido que le estaría dando el gerente general del Gobierno Regional de Junín (GRJ), Clever Untiveros Lazo, al vehículo del Estado asignado a su despacho, al ser registrado llegando al establecimiento comercial de la madre del funcionario regional para descargar víveres.

Trabajadores descargando gran cantidad de cajas de mercadería en la bodega donde atiende la mamá de Clever Untiveros.

El registro audiovisual es de las 7:23 de la mañana, donde la camioneta de placa EGX- 788, registrada a nombre del Gobierno Regional de Junín (GRJ) y asignada a Clever Untiveros, llega a una tienda ubicado en el pasaje San Fernando , donde atiende la señora Rosa Lazo Zanabria, madre del funcionario regional. Se puede apreciar que descarga gran cantidad de cajas de víveres.

Como constatamos la placa vehicular en la Sunarp, la camioneta es propiedad del Gobierno Regional de Junín.

Infoandes.pe llegó hasta la bodega señalada y hallamos atendiendo a la madre del funcionario, quien al consultarle por Clever Untiveros nos señaló que no vive con ella y que no lo ve hace tiempo. Además, nos sugirió que ante cualquier consulta, lo busquemos en su trabajo, es decir, en el GRJ.

En la bodega que se ubica en el pasaje San Fernando atiende la madre del gerente regional, Rosa Lazo Zanabria.

En la última sesión ordinaria, consultamos al gerente general, Clever Untiveros, sobre el uso del vehículo del GRJ que moviliza mercadería a la tienda de su madre, sin embargo, el funcionario señaló que desconocía sobre algún uso indebido del vehículo con el que se traslada. “Desconozco, porque el carro del Estado lo uso solo yo, y lo uso cuidadosamente porque es para mi transporte”, aseguró Clever Untiveros, pese a los registros de vídeo.

El Código Penal peruano prevé pena privativa de la libertad no menor de 4 ni mayor de 8 años al delito de peculado de uso que sanciona al funcionario público que “usa o permite que otro use vehículos, máquinas o cualquier otro instrumento de trabajo pertenecientes a la administración pública o que se hallan bajo su guarda” (art. 388).

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