Con la autorización de funcionamiento a la empresa Turismo Divino SAC, son 10 empresas de transportes de servicio de taxi que empezaron a circular en la provincia en lo que va de la gestión del alcalde Dennys Cuba Rivera, pese a la alta saturación del parque automotor de Huancayo y una ordenanza vigente de vías saturadas.
Con resolución N° 050-2023 del 1 de febrero último, y con la firma del gerente de Tránsito y Transportes de la Municipalidad Provincial de Huancayo, Milano Fabián Callupe Delgado, la empresa de propiedad de Fredy Abraham Torres Ames, consiguió la autorización para circular por 10 años.
INTERPRETACIÓN EQUIVOCADA
¿Pero, por qué tantas empresas obtienen autorizaciones sin que nadie pueda impedirlo? Todo indica de que se trata de una interpretación equivocada de resoluciones de Indecopi que se arrastran desde la gestión municipal del exalcalde Juan Carlos Quispe Ledesma, que bajo este pretexto, dieron autorización a 54 empresas de transportes.
Pero veamos las resoluciones de Indecopi que han abierto la posibilidad de autorizar la circulación de taxis de forma irresponsable.
Con resolución N° 0179-2019/SEL-INDECOPI, del 10 de agosto de 2019, firmado por la presidenta de la Comisión de Indecopi, Ana Asunción Ampuero Miranda, se declara como barrera burocrática la suspensión del trámite por parte de la Municipalidad Provincial de Huancayo, porque un procedimiento establecido en el TUPA no se puede suspender de forma unilateral.
Esta resolución señala que se debe dar atención a las solicitudes presentadas y se les debe dar una respuesta ya sea aprobando o denegando, pero de ninguna forma Indecopi señala que se les debe dar la autorización de forma automática. Esta resolución ha sido malinterpretada por la gestión municipal anterior y esta nueva debido a que otorgan la autorización del servicio de taxi como una obligación, pese a que no hay ninguna norma en ese sentido.
Pero hay otra resolución de Indecopi que permite otorgar las autorizaciones de taxi con vigencia de 10 años.
Se trata de la Resolución N° 0392-2019/INDECOPI-JUN, del 5 de octubre de 2019, firmado por el presidente de la Comisión de Indecopi, Carlos Enrique Huamán Rojas, que señala que las resoluciones de autorización de taxi deben ser de 10 años, de acuerdo al artículo 53° del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, y declaró barrera burocrática ilegal la limitación del plazo de vigencia de la autorización municipal para el servicio de taxi a 5 años, impuesta por la Municipalidad Provincial de Huancayo.
De este modo, la Gerencia de Tránsito y Transporte emite autorizaciones que afectando a 3 gestiones municipales.
IMPEDIMENTO EN VÍAS SATURADAS
Lo más cuestionable de la situación es que la gestión de Dennys Cuba emite autorizaciones pese a la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 579-MPH del 9 de noviembre del 2017, que establece las áreas y vías saturadas de Huancayo, El Tambo y Chilca.
Hasta la fecha, no existe resolución de Indecopi que declare barrera burocrática el art. 1 de la Ordenanza Municipal N°559-MPH/CM y su modificatoria Ordenanza Municipal N°579-MPH/CM, estando plenamente vigentes. Por tanto, al haberse emitido una autorización dentro de las vías saturadas se han transgredido dichas ordenanzas municipales, debiendo declararse la nulidad de dichas autorizaciones.
Inclusive, la misma Ley de Transporte, que está por encima de cualquier ordenanza o resolución de Indecopi, establece que en las vías saturadas se otorgan permisos vía concesión y en vías no saturadas mediante autorizaciones. Por lo tanto, las autorizaciones emitidas por la gestión de Quispe Ledesma y Cuba Rivera son ilegales.