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¿”Agua para la paz” o para que las organizaciones comunales que administran el agua descansen en paz?

¿”Agua para la paz” o para que las organizaciones comunales que administran el agua descansen en paz?

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El lema del Día Mundial del Agua 2024, escogido por la ONU es: “Agua para la paz”. Sin embargo, el estado peruano hace más de una década ha ido legislando para enajenar el agua, sometiendo al pueblo entero a los pies de los intereses privados, atentando contra la paz social, fundamentalmente de las organizaciones originarias y comunales que administran el agua de consumo humano.

El gobierno aprista de Alan García, el 27 de diciembre del año 2010, entre Navidad y Año Nuevo, aprobó la Resolución Ministerial N° 205-2010-Vivienda, para uniformizar todas las organizaciones indígenas, nativas, comunales, barriales y vecinales que administran el agua de consumo humano; organizaciones que nacieron, se constituyeron y afianzaron para tener acceso al agua de consumo humano, en ausencia o escasa – casi nula atención del estado. La Resolución en mención obligó a todas las organizaciones a someterse a un modelo de Acta de creación, Estatuto, Reglamento y la denominación de JASS; pisoteando el Convenio 169 de la OIT, violando el derecho de los pueblos indígenas a mantener y fortalecer sus culturas, formas de vida e instituciones propias, y su derecho a participar de manera efectiva en las decisiones que les afectan. Sin ningún tipo de consulta previa.

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El 2016 el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski, apenas a los 5 meses de su gestión, el 28 de diciembre entre Navidad y Año Nuevo, aprueba el Decreto Legislativo N° 1280. Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, con objetivo claro y preciso: la promoción de la inversión pública y privada en la prestación de los servicios de saneamiento, en especial la inversión privada como indica en el Título VIII. Además, limita la cantidad de usuarios de las JASSs; todas las organizaciones que superan los cuatro mil usuarios se encuentran en riesgo de perder la administración de sus instituciones y entregar a las Unidades de Gestión Municipal y estas a su vez a las Empresas Prestadoras de servicio.

El régimen de Dina Boluarte, siempre al mismo estilo, el 21 de diciembre del 2023, mientras la gente andaba preocupada por la Navidad, aprobó el Decreto Legislativo Nº 1620, donde sin tapujos se sostiene la concesión de fuentes hídricas (ríos, lagos, puquios, humedales, chayas, etc.), hasta por 25 y 30 años. Aduciendo indirectamente una supuesta pésima administración pública y peor aún la administración comunal del agua. Entre los supuestos especialistas del régimen se vocifera la dificultad que tienen las JASSs en garantizar la calidad, cantidad y continuidad del agua de consumo humano, y se describe una administración económica informal e incluso ilegal en la mayoría de ellas.

En el Perú hay más de 24 000 organizaciones comunales que prestan servicios de saneamiento en las zonas rurales – a pesar de las limitaciones de sus recursos humanos y tecnológicos – con mucha eficiencia y eficacia, que lamentablemente dentro de poco, serán remplazadas por empresas prestadoras de servicio o incluso empresas multinacionales concesionarias, si el régimen persiste con el D.L. N° 1620.

El Perú es el octavo país del mundo y el tercero en América latina que posee la mayor reserva de agua dulce. Sin embargo, vergonzosamente – según el Banco Mundial 2023 – apenas el 50% de la población tiene acceso al agua de consumo humano de manera adecuada y se legisla sobre ella a golpe de Decretos Legislativos. El régimen actual en lugar de asegurar el acceso al agua como derecho fundamental de todos los peruanos, acaba de asegurar la privatización de sus reservas de agua dulce.

En este contexto el lema “Agua para la paz”, más parece un sarcasmo o quizás debiera llamarse “Agua para la privatización”.

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