No hallaron pruebas suficientes para incriminarlos por terrorismo y el Ministerio Público determinó archivar la investigación contra 26 ciudadanos del Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM). Ellos fueron intervenidos por la Dirección contra el terrorismo (Dircote) al interior de la Confederación Campesina del Perú (CCP). Cabe precisar que sólo cuatro de los intervenidos registraron antecedentes por tráfico ilícito de drogas.
Como se recuerda el 17 de diciembre la Dircote intervino las instalaciones de la CCP. Según precisa el expediente fiscal, esta acción se fundamentó en información de inteligencia que advertía la congregación de personas en este lugar y el almacenamiento de posible material destinado a una protesta violenta. Esta medida se desarrolló en el contexto de las intensas manifestaciones que surgieron en el país tras la destitución de Pedro Castillo.
En esa jornada el General Óscar Arriola declaró: “Hemos intervenido por la información de que adentro están los que causan desmanes, destrozos e incendios”, añadiendo “se han encontrado, efectivamente, pasamontañas, chinches, machetes. Se han encontrado hondas, machetes”.
Sin embargo, en base al expediente al que tuvo acceso Infoandes.pe, la Fiscalía especificó que los elementos encontrados el día de la intervención no reúnen ninguna de las tres modalidades tipificatorias para ser calificadas como delito de terrorismo.
La primera categoría se refiere a provocar, crear o mantener en estado de zozobra a la ciudadanía. Sin embargo, después de realizar el registro de cada uno de los intervenidos no se encontró vestigios y/o elementos probatorios de interés criminal que permitan determinar la participación delictiva de los intervenidos.
Tampoco se obtuvo pruebas que los intervenidos atentaran contra Bienes jurídicos o la vida, cuerpo o salud de las personas. Asimismo no se pudo demostrar el uso de armamento o explosivos, pues no se logró determinar la procedencia de los supuestos explosivos encontrados por la policía durante la intervención a la CPP.
Por estos motivos el Ministerio Público decidió no formalizar ni continuar con la investigación preparatoria en contra de estas 26 personas. En este contexto, el abogado, Dr. Alexi Áviles, quien también tuvo acceso al caso, expreso en una entrevista que el allanamiento policial, amparado en el Decreto Supremo Nº 143-2022-PCM que estableció el Estado de Emergencia, fue irregular, ilegal y arbitrario.