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Docentes con más de tres años de contrato accederán a nombramiento automático

Docentes con más de tres años de contrato accederán a nombramiento automático

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Proceso es excepcional y gradual. Con la exoneración de la segunda votación, y con 80 votos a favor, 24 en contra y 6 abstenciones, el Pleno del Congreso de la República, aprobó el Texto Sustitutorio del Proyecto de Ley 1587/2021-CR, Ley que autoriza, de manera excepcional, el nombramiento de docentes contratados en Educación Básica Regular que hubieran accedido a plaza presupuestada orgánica de contrato mediante Concurso Público de Méritos y, que reúnan los requisitos establecidos en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.

De acuerdo al Dictamen y Texto Sustitutorio, se encuentran comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la presente Ley los docentes contratados en Educación Básica Regular con más de 3 años de servicio.

REQUISITOS

El Proyecto de Ley y Dictamen Sustitutorio para el Proceso de Nombramiento Excepcional, establece que, pueden acogerse a la presente Ley, los docentes que cumplan los Requisitos Generales y Específicos establecidos en la Ley de Reforma Magisterial; además de acreditar los siguientes requisitos:

✓ A la entrada en vigor de la presente Ley, los docentes cumplen: 3 años o más años de contrato vigente acumulado hasta la actualidad; o, 3 o más años de contratación acumulada.

✓ Haber accedido a la plaza de contrato mediante Concurso Público.

✓ La plaza a la que aspira para el nombramiento debe ser vacante orgánica, formalmente presupuestada.

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PROCESO GRADUAL

El proyecto de Ley aprobado indica además que el Proceso de Nombramiento Excepcional de Docentes Contratados será gradual; precisando, además, que la implementación de la Ley se financiará con cargo a los presupuestos institucionales del Ministerio de Educación y de los Gobiernos Regionales, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

En una de las Disposiciones Complementarias Finales, el Proyecto aprobado por el Pleno del Congreso de la República se establece lo siguiente: “En un plazo de 60 días calendario contados desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo refrendado por el Titular del Ministerio de Educación, emitirá el Reglamento, determinando los mecanismos, cronograma y procedimientos para el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley.

CONTROVERSIAS

✓ Un punto controvertido del Dictamen del Proyecto de Ley y Texto Sustitutorio aprobado por el Pleno del Congreso de la República, es que no se menciona nada respecto al Concurso de Nombramiento que se viene desarrollando el presente año 2023, proceso que está en curso y en la Etapa de Clase Demostrativa en las instituciones educativas a cargo de sus Comités de Evaluación, es más a nivel nacional cuenta con un cuantioso presupuesto a nivel nacional asignado para su implementación.

✓ Se estaría vulnerando el principio de igualdad al considerar sólo a los docentes contratados en plaza orgánica presupuestada, más no a todo el universo de docentes sin contrato; es decir se beneficiaria a un segmento focalizado de docentes, dejando de lado los principios de equidad, transparencia y meritocracia.

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