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DRE Junín abre proceso sancionador a Efraín Vílchez, director de la UGEL Chupaca

DRE Junín abre proceso sancionador a Efraín Vílchez, director de la UGEL Chupaca

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Una vez más el director de la UGEL Chupaca, Efraín Vílchez Gutarra, está en investigación por parte de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes (CEPADD) de la DRE Junín, pues esta entidad emitió la Resolución Directoral N°1610-2023-DREJ, mediante la cual resuelve instaurarle proceso administrativo disciplinario.

RD 1610-DREJ APERTURA PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO EFRAIN ALFREDO VILCHEZ GUTARRA (1)

De acuerdo a la R.D.N°1610-2023-DREJ, el director de la Ugel Chupaca incurrió en la transgresión por acción y omisión de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, precisado en el Art. 48 de la Ley de Carrera Magisterial; así cómo de la Ley N° 28715 Ley Marco del Empleo Público, la Ley N° 30057 Ley de Servicio Civil y, la Ley N° 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública.

JEFE DE RR.HH. SIN PERFIL

El caso muy grave detalla la Resolución, es haber encargado a Rubén Chancasanampa Nieto en el cargo de Jefe de Recursos Humanos de la UGEL Chupaca, pese a que sólo era Técnico de Computación e Informática, sin cumplir con el perfil requerido (título profesional universitario), contraviniendo las normas de selección de personal.

Otra irregularidad comprendida en el acto resolutivo, es la contratación por Locación de Servicios (LDS) o terceros, del abogado Jesús Yupanqui Solano para asumir el cargo de jefe de Asesoría Jurídica de la UGEL Chupaca, con tres órdenes de servicio por un monto total de S/ 14 600,00 del año 2023, tramitadas por la UGEL Chupaca, cumpliendo funciones específicas y subordinadas del director Efraín Vílchez.

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Debe tenerse en cuenta que la Ley N° 30057, Ley de Servicio Civil, prohibe bajo responsabilidad del titular de la entidad, celebrar contratos de locación de servicios para labores de naturaleza subordinada, bajo responsabilidad penal, administrativa y civil.

Para la CEPADD-DRE Junín la presunta atribuida a Efraín Vílchez Gutarra, se configura como falta administrativa establecida en la Ley de Reforma Magisterial, correspondiéndole aplicar la sanción de cese temporal por un período desde 31 días y hasta 12 meses; para la Comisión de Procesos Administrativos, en caso de acreditarse la falta en concordancia al Principio de Proporcionalidad le correspondería una sanción de seis meses de cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones.

LIMPIEZA DE FUNCIONARIOS DE CONFIANZA

Cómo se recuerda, durante las gestiones de Perú Libre del 2011-2014 y 2019-2022, se realizaron denuncias de procesos de selección de personal y presunta corrupción en las contrataciones, nombramientos reasignaciones, ascensos, órdenes de servicios, adquisiciones, inscripción y registro irregular de títulos, entre otros; lo que motivó la intervención del Tribunal de Servicio Civil (SERVIR), el OCI-DREJ, la Contraloría, la Fiscalía Anticorrupción, la Procuraduría Anticorrupción y la Comisión de Educación del GORE Junín; sin embargo las resoluciones, conclusiones, recomendaciones, denuncias e investigaciones no se implementan ni concluyen.

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