Como parte de sus alegatos finales, el procurador Cristian Cueva Pastor recordó a los magistrados que la solicitud de prescripción presentada por Vladimir Cerrón no es viable a nivel penal ni civil, porque este recién prescribiría en 2024 y no en 2023.
“Se configuró como delito colusorio recién en el 2014, por lo que no prescribiría este año, sino el próximo” dijo Cueva Pastor y precisó que “los hechos del presente caso se dieron a través de un proceso colusorio que no se agota instantáneamente”.
Del mismo modo, el fiscal Anticorrupción Ramón Vallejos, dijo a Infoandes.pe que el pedido realizado por Cerrón Rojas y Natali De la Vega Estrada no es viable porque no se apega a la normativa en función a los plazos establecidos y coincidió con los fundamentos de la Procuraduría.
En su defensa, Vladimir Cerrón Rojas insistió en que su pedido de prescripción tanto a nivel penal como civil es sustentado en base a la asesoría de sus abogados y que es válido. Con esta medida Cerrón buscaría librarse de un proceso más como ya lo hizo con otros desde la promulgación de la conocida Ley Soto, impulsada también por su hermano, Waldemar Cerrón.
En otro punto, el líder de Perú Libre sostuvo que él solo obedeció al mandato de “la máxima autoridad” del Gobierno Regional de Junín, representada por los consejeros regionales, quienes declararon de interés la construcción del Aeródromo Wanka.
Según la tesis fiscal se pretendía construir el Aeródromo Wanka sin tomar en cuenta la opinión de la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y trasgrediendo la Ley Marco de Asociaciones Público Privadas, pues lo hicieron sin realizar la consulta pertinente al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) y sin contar con la autorización de la Autoridad Aeronáutica Civil.
Junto a Cerrón Rojas son también acusados, en calidad de autores, Aldrin Zarate Bernuy, Irene Mercedes Carrión Romero, Luis Donato Araujo Reyes y en calidad de cómplices figuran Serafín Samuel Blanco Campos y Natali Yanina De la Vega Estrada.