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Piden exclusión de Zósimo Cárdenas por no declarar sentencia judicial

Piden exclusión de Zósimo Cárdenas por no declarar sentencia judicial

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La exmilitante del Movimiento Regional Sierra y Selva Contigo Junín (SSCJ), Antoneth Sulca Jaime, solicitó al Jurado Especial Electoral de Huancayo (JEE-H) la exclusión del candidato al gobierno regional, Zósimo Cárdenas Muje, por haber omitido información sobre una sentencia consentida por delito contra la administración pública en su hoja de vida.

Según el documento, el fundador de SSCJ, declaró no tener sentencias judiciales, sin embargo, el Segundo Juzgado Penal con sede en La Merced, mediante la Resolución N° 18 del 14 de Setiembre de 2011, lo condenó a un año de pena privativa de libertad suspendida, por la comisión del delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales en agravio de la Municipalidad Distrital de Pichanaqui.

Nota informativa del Diario Correo del 2011.

Para fundamentar la exclusión, Sulca Jaime se ampara en el artículo N° 23 de la Ley de Organizaciones Políticas, que en su párrafo 5, indica que la Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) debe contener “la relación de sentencias condenatorias firmes impuestas al candidato por delitos dolosos, la que incluye las sentencias con reserva de fallo condenatorio.”

Asimismo, el numeral 23.5 del 23° precisa que “la omisión de la información prevista en los numerales 5, 6 y 8 del párrafo 23.3 (…) dan lugar al retiro de dicho candidato por el Jurado Nacional de Elecciones, hasta treinta (30) días calendario antes del día de la elección”.

MÁS OBSERVACIONES

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En su hoja de vida, Zósimo Cárdenas detalló 3 experiencias laborales: gerente general del Gobierno Regional de Pasco (2019-2021), alcalde de la Municipalidad Distrital de Pichanaki (2015-2018) y Gerente Municipal de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo (2011-2012).

Frente a ello, Sulca Jaime observó que esto no coincide con sus ingresos en el sector privado plasmados en su Declaración Jurada de Ingresos de Bienes y Rentas, ya que no se evidencia de qué empresa o empresa privada obtuvo el monto de S/.18,000.00 declarado.

Estas presuntas omisiones que vulneran las leyes electorales vigentes para las Elecciones Regionales y Municipales 2022, motivan el pedido de exclusión que el JEE-H deberá resolver hasta este jueves 18 de agosto, fecha límite para que los estos organismos puedan excluir, en primera instancia, a candidatos por omisión o falsedad en las DJHV.

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